Defensa Conducción en Estado de Ebriedad | PL Abogados
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Ley Emilia · Ley Tolerancia Cero

¿Qué penas
arriesgas?

En Chile la conducción en estado de ebriedad es un delito penal desde 2012. Desde el primer evento arriesgas cárcel. La defensa importa.

Situación Pena privativa de libertad Suspensión de licencia Nivel
Solo conducción ebrio (sin accidente) 61 a 540 días de cárcel 2 años (1ª vez) · 5 años (2ª vez) Básico
Con daños materiales o lesiones leves 61 a 540 días de cárcel 2 años (1ª vez) · 5 años (2ª vez) Básico
Con lesiones menos graves o graves 541 días a 3 años de cárcel 3 años · En reincidencia: cancelación Grave
Con lesiones gravísimas 3 años y 1 día a 5 años Inhabilidad perpetua · Comiso del vehículo Muy grave
Con muerte de un tercero 3 años y 1 día a 10 años Inhabilidad perpetua · Comiso del vehículo Muy grave
▶ Solo conducción · Sin accidente
Primera y segunda imputación
  • Presidio menor grado mínimo: 61 a 540 días
  • Multa de 2 a 10 UTM
  • Suspensión licencia: 2 años (1ª vez)
  • Suspensión licencia: 5 años (2ª vez)
  • Una defensa especializada puede lograr penas sustitutivas
▶ Con lesiones a terceros
Lesiones menos graves o graves
  • Presidio menor grado medio: 541 días a 3 años
  • Multa de 4 a 12 UTM
  • Suspensión licencia 3 a 5 años
  • En reincidencia: cancelación definitiva de licencia
  • Requiere defensa penal urgente desde la formalización
▶ Con muerte · Lesiones gravísimas
Máxima gravedad
  • Presidio mayor grado mínimo: hasta 10 años
  • Multa de 8 a 20 UTM
  • Inhabilidad perpetua para conducir
  • Comiso del vehículo
  • Defensa especializada puede marcar la diferencia en la pena
Reincidentes: Fiscalía pedirá cárcel efectiva

Desde septiembre 2023 el Fiscal Nacional instruyó a todos los fiscales oponerse a penas sustitutivas en reincidentes y apelar si el juez concede la libertad. Una defensa especializada es indispensable.

Consulta tu caso →

Casos verificables con RUC

Resultados
comprobables

Cada caso es verificable en www.pjud.cl con el RUC y tribunal indicados. Sin nombres inventados, sin testimonios anónimos.

Sobreseimiento
Imputado iba de copiloto, no como conductor

Cliente formalizado por conducción en estado de ebriedad en motocicleta. Si bien se encontraba en estado de ebriedad, iba en calidad de copiloto. Se logró el sobreseimiento de la causa.

Verificar en pjud.cl → RUC 2200415167-8 · Juzgado de Garantía de San Bernardo
Sobreseimiento
Segunda causa: mismo fundamento, mismo resultado

Situación análoga al caso anterior. Cliente en estado de ebriedad pero no en calidad de conductor del vehículo. Sobreseimiento definitivo de la causa.

Verificar en pjud.cl → RUC 2300977370-3 · 6° Juzgado de Garantía de Santiago
Sin imputación de responsabilidad
Accidente con ebriedad: no responsable del siniestro

Cliente en estado de ebriedad al momento del accidente de tránsito. Se logró desvincular la conducción en estado de ebriedad de la responsabilidad causal del accidente.

Verificar en pjud.cl → RUC 2301410455-0 · 13° Juzgado de Garantía de Santiago
Suspensión Condicional obtenida
Alta gradación alcohólica: Fiscalía se oponía a salida alternativa

Fiscalía se negaba a otorgar suspensión condicional del procedimiento debido a la alta gradación alcohólica del imputado. Se elevó solicitud a Fiscalía Regional y se logró la suspensión condicional.

Verificar en pjud.cl → RUC 2001010273-2 · 11° Juzgado de Garantía de Santiago

Cómo actuamos

Tu defensa en 4 pasos

Desde el primer contacto hasta la resolución de tu causa, trabajamos activamente para obtener el mejor resultado.

1
Consulta

Evaluamos tu caso en detalle: gradación, antecedentes, audiencias programadas y opciones reales disponibles.

2
Estrategia

Analizamos la carpeta de investigación de la Fiscalía, identificamos vulnerabilidades del caso y diseñamos la mejor estrategia de defensa.

3
Defensa activa

Te representamos en todas las audiencias: control de detención, formalización, audiencia de preparación y juicio oral.

4
Resultado

Buscamos la mejor salida: sobreseimiento, suspensión condicional, penas sustitutivas o la reducción máxima de la condena.

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Preguntas frecuentes

Todo lo que
necesitas saber

¿Qué diferencia hay entre 0,3 y 0,8 de alcohol?

De 0,3 a 0,8 g/l es "bajo la influencia del alcohol" — falta grave, multa y suspensión temporal de licencia. Desde 0,8 g/l es "estado de ebriedad" — delito penal con pena de cárcel desde la primera vez.

¿Es primera vez — igual arriesgo cárcel?

Sí. Desde 2012 (Ley Emilia) la pena base es 61 a 540 días de presidio menor incluso en la primera imputación. No es automática la pena de cárcel, pero sí existe como riesgo real. Una defensa especializada puede lograr penas sustitutivas.

¿Qué pasa si soy reincidente?

Desde septiembre 2023 el Fiscal Nacional instruyó a todos los fiscales pedir cárcel efectiva para reincidentes y apelar si el juez concede libertad. Es indispensable una defensa especializada para explorar las vías disponibles.

¿Me van a cancelar la licencia definitivamente?

La cancelación definitiva se aplica en la tercera imputación o cuando hubo lesiones gravísimas o muerte. En los demás casos, la suspensión va de 2 a 5 años. Contamos con casos en que logramos evitar o reducir la suspensión.

¿Puedo obtener una suspensión condicional?

En muchos casos sí, especialmente en primera imputación con gradación inferior a 1,5 g/l. Incluso cuando Fiscalía se niega, existen mecanismos para elevar la solicitud a la Fiscalía Regional. Tenemos casos verificables en que lo logramos.

¿Estoy obligado a someterme al alcotest?

Carabineros puede someter a cualquier conductor a prueba respiratoria. El test debe realizarse con instrumentos certificados por el Ministerio de Transportes. La validez del procedimiento es un aspecto clave de la defensa.

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